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REGLAMENTO
MUNICIPAL REGULADOR
DEL
ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS MUNICIPALES DE OÑA (BURGOS)
El presente Reglamento, fruto de la
potestad reglamentaria y de autoorganización
reconocida a las Entidades Locales en el artículo 4º
La previsión normativa incluida en el
artículo 2º de
El artículo 28 de
El artículo 20.1 de Título I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º. Definición
de
Con esta medida, encuadrada dentro del Plan Integral de Apoyo a El régimen de disposición será mediante contrato de alquiler e irán dirigidas, principalmente, a facilitar una vivienda a las familias, sin perjuicio de las reservas que se contemplan en este reglamento. Las dotaciones, o bolsa de viviendas que el Ayuntamiento pondrá en el mercado, dependerá tanto de la demanda existente como de las disponibilidades municipales.
Este proyecto se conceptúa como un nuevo servicio público municipal cuyos principales objetivos son: 2.1
Contribuir a minimizar las carencias existentes en el mercado de la
vivienda en el Municipio de Oña, principalmente en 2.2 Facilitar una bolsa de viviendas que posibilite su acceso a las nuevas familias, bien de nueva creación o porque se trate de familias que se instalen por primera vez en el Municipio. 2.3
Facilitar una reserva de viviendas para actuaciones puntuales que, por
aplicación de las medidas contempladas en el Plan Integral de Apoyo a Podrán ser beneficiarios de las viviendas aquellas personas que, formando parte de una unidad familiar, carezcan de vivienda, y cumplan los siguientes requisitos: A) Estar empadronados en Oña, tanto la persona solicitante como el resto de la unidad familiar. Se entiende por unidad familiar la constituida por un matrimonio, u otro vínculo convivencial debidamente registrado (parejas de hecho), y los hijos en su caso. También tendrán dicha consideración las familias monoparentales. B) Justificar que la vivienda será para uso habitual, dado que la residencia en el Municipio debe ser efectiva. Este extremo, además de acreditarse por los servicios municipales, será verificado periódicamente. C) No disponer de vivienda en propiedad o justificar que ésta no se encuentra en condiciones de habitabilidad. El segundo de los casos se acreditará con un informe de los servicios técnicos municipales. D) Trabajar en el Municipio de Oña o en un radio que posibilite la efectividad de la residencia en la vivienda que se alquila. E) No tener, la unidad familiar, unos ingresos superiores a 3,5 veces el salario mínimo interprofesional 2.
El plazo de los contratos de arrendamientos se ajustará a lo
establecido en * El plazo inicial del contrato de vivienda, en el supuesto de unidades familiares, será de un año. El mismo podrá prorrogarse, a instancias del arrendatario, hasta un máximo de cinco años incluido el periodo inicial.
* Para contratos derivados de la
utilización de las viviendas por situaciones puntuales de reconocida
necesidad, emergencias, rupturas familiares etc., el plazo dependerá de
la situación y circunstancias concretas de cada supuesto. Igualmente
ocurrirá por otras demandas que puedan producirse y que resulten de interés
municipal. En estos casos el carácter excepcional de la medida conllevará
que el uso de la vivienda tenga un una carácter más transitorio, por lo
que el arrendamiento o cesión se considerará dentro de los establecidos
en el artículo 3.2 de
Título II. ORGANIZACIÓN.
Sin perjuicio de las competencias reguladas en Dicha Comisión Mixta de Valoración estará conformada por los siguientes miembros: - El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, que actuará de Presidente, o Concejal en quien delegue. -
Dos Concejales de
Actuará como Secretario el de
Artículo 6º. Funciones de 6.1. Garantizar el buen funcionamiento del proceso de adjudicación de las viviendas según lo establecido en este Reglamento. 6.2 Valorar las solicitudes y elaborar la lista de admitidos y, en su caso, las listas de espera. 6.4 Proponer al Ayuntamiento las resoluciones que procedan en aplicación del Reglamento, así como sobre posibles modificaciones del propio texto. 6.5 Elevar propuesta al Ayuntamiento para la convocatoria de nuevos procesos de selección para la adjudicación de viviendas cuando alguna/s se quede/n vacía/s y existan nuevas demandas del servicio.
Artículo 7º. Solicitud. El procedimiento se iniciará mediante la cumplimentación de la solicitud de acceso a una vivienda municipal en régimen de alquiler dentro del plazo que se determine por el Ayuntamiento. Para ello se posibilitará un modelo normalizado.
Artículo
8º. Documentación. La solicitud deberá acompañarse de los siguientes documentos: 8.1 Fotocopia del DNI de todos los componentes de la familia o unidad convivencial. 8.2 Fotocopia del Libro de Familia. En el caso de parejas de hecho, además, certificado de su inscripción en el correspondiente Registro. 8.3 En el caso de extranjeros documento que acredite su residencia legal en territorio español. 8.4 Declaración responsable de ingresos percibidos en el año anterior a la fecha de solicitud de la vivienda, así como sobre la titularidad de bienes y derechos. Dichos documentos se referirán a todos los miembros de la unidad familiar. 8.5 Fotocopia de las declaraciones de la renta y del patrimonio del año anterior o, en caso, certificación negativa de Hacienda, respecto a los miembros de la unidad familiar. 8.6 Certificación catastral, en su caso, de los bienes cuya titularidad recaiga en cualquiera de los miembros de la unidad familiar. 8.7 Justificantes de la situación laboral de los miembros de la unidad familiar (contratos de trabajo, recibo de actividades para los autónomos, documento que acredite, en su caso, la situación de desempleo, etc.).
8.8 Documentos que acrediten, en su
caso, la escolaridad de los niños en el Colegio Público.
Artículo 9º. Bolsa de Viviendas, Reserva y Convocatoria del concurso. 9.1 La bolsa de viviendas que el Ayuntamiento ponga en el mercado de alquiler dependerá del nivel de disponibilidad municipal. La bolsa se materializará en un registro municipal de viviendas donde figurarán todas las existentes. En dicho registro se anotarán todos los datos relativos a la vivienda y a sus usos, de tal forma que se tenga un historial por cada vivienda con la fecha de incorporación a la bolsa, situación arrendaticia, etc.
Inicialmente la bolsa estará
compuesta por las viviendas relacionadas en el anexo del presente
reglamento. La inclusión de nuevas viviendas o la baja de alguna de las
existentes se harán por acuerdo plenario previo informe de
9.2 Dentro de la bolsa de viviendas figurará un apartado para las
viviendas denominadas de reserva. Estas viviendas de reserva quedarán
afectas a otras necesidades sociales derivadas de la aplicación del Plan
Integral de Apoyo a De la convocatoria se efectuará la adecuada publicidad mediante edictos en el Tablón de Anuncios y BOP. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días desde la publicación del concurso en el BOP.
Se exceptúa de la convocatoria del
concurso los casos de demanda de viviendas derivados de situaciones de
emergencia, ruptura familiar etc, u otros supuestos que puedan ser
considerados de interés municipal. En estos casos, con carácter general,
la adjudicación se efectuará por el Pleno previa propuesta de
Artículo 10º. Tramitación.
El acuerdo plenario,
por que se resuelva el expediente poniendo fin al procedimiento, se
notificará a todos los interesados según lo establecido en
Primero: Número de miembros de la unidad convivencial, primándose aquella que cuente con niños en edad preescolar o escolar. Segundo: Tiempo de residencia en el Municipio, valorándose de forma ponderada la referida a todos los miembros de la unidad familiar. Tercero: Situación sociolaboral de la familia o unidad convivencial. Cuarto: Situación económica.
Artículo 12º. Propuesta.
La propuesta de adjudicación de las viviendas que se redacte por A) Relación de la personas a las que se adjudican las viviendas con indicación de la vivienda que se le adjudica. B) Relación de las personas que, no obteniendo ninguna adjudicación, queden en la lista de espera. C) Relación de las personas excluidas del procedimiento. Las relaciones anteriores deberán ir acompañadas de las circunstancias y criterios, sucintamente explicados, que hayan motivado dicha propuesta.
Artículo 13º. Lista de Espera. La lista de espera se mantendrá hasta la adjudicación de las viviendas, y con un plazo máximo de uno año. Finalizado dicho plazo desde la adjudicación, se procederá a la baja automática como suplente, teniendo que volver a participar en los nuevos concursos que pudieran convocarse en el supuesto de seguir interesado.
Artículo 14º. Seguro de R.
C.. El Ayuntamiento concertará una póliza para las viviendas que se incluyan en la bolsa, sin perjuicio de los seguros que a título individual pueda suscribir cada inquilino. DISPOSICIONES.
Disposiciones
finales.
Primera. En el caso de
dudas que puedan surgir en la aplicación del Reglamento o sobre aspectos
puntuales no regulados en éste, corresponderá a
Segunda. Por
Tercera. En lo no
previsto en el presente Reglamento, se estará a lo establecido en las
disposiciones de carácter general que fuesen de aplicación. Cuarta. El presente Reglamento, una vez aprobado definitivamente por
el Pleno de este Ayuntamiento, entrará en vigor tras su publicación íntegra
en el BOP., una vez finalizado el plazo de quince días señalado en * * * * * ANEXO
1. BOLSA
DE VIVIENDAS 1.
Viviendas. 1.1
Piso situado en calle Campo nº 7, 2º A o derecha.
Tres habitaciones, cocina, servicio y
salón
Superficie: 55 m2
Estado: Totalmente reformado.
Calefacción: gasoil.
Otras circunstancias: Cocina montada.
Resto sin amueblar. 1.2
Piso situado en calle Campo nº 7, 2º B o izquierda.
Tres habitaciones, cocina, servicio y
salón
Superficie: 55 m2
Estado: Totalmente reformado.
Calefacción: gasoil.
Otras circunstancias: Cocina montada.
Resto sin amueblar. 1.3
Piso situado en calle Campo nº 7, 2º C o centro.
Tres habitaciones, cocina, servicio y
salón
Superficie: 50 m2
Estado: Totalmente reformado.
Calefacción: gasoil.
Otras circunstancias: Cocina montada.
Resto sin amueblar. 2.
Reserva de viviendas disponibles. 2.1
Piso situado en calle Barruso.
Tres habitaciones, cocina, dos
servicios y salón
Superficie: 80 m2
Estado: Deficiente.
Calefacción: Radiador eléctrico.
Otras circunstancias: Sin amueblar.
Utilizada esporádicamente para fines
municipales (socorrista). 3. Viviendas ocupadas. 3.1
Piso situado en calle Plaza del Ayuntamiento.
Cuatro habitaciones, cocina, servicio
y salón
Superficie: 85 m2
Estado: Deficiente.
Calefacción: No. Otras circunstancias: Sin amueblar. D/ª......................................................................,
mayor de edad, con DNI nº....................., y domicilio en
...............................................................................,
comparece ante Ayuntamiento de
Oña (Burgos), Que reside habitualmente en el Municipio de Oña, estando interesado en el arrendamiento de una de las viviendas que el Ayuntamiento pretende adjudicar mediante concurso público. Por ello y con el fin de que pueda ser evaluada la presente solicitud, se acompaña la siguiente documentación: (señalar
con una X) ___ Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar. ___ Fotocopia del Libro de Familia. ___ Justificante, en su caso, de la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho. ___
Certificado de Empadronamiento de ___ Declaración responsable de los ingresos percibidos en el año anterior a la fecha de la solicitud, así como sobre los bienes y derechos de todos los miembros de la unidad familiar. ___ Fotocopias de las declaraciones de la renta y el patrimonio de la unidad familia Correspondiente al ejercicio inmediatamente anterior. ___ En el caso de extranjeros documento que acredite el permiso de residencia. ___ Documentos acreditativos de la situación laboral. ___ En el caso de tener niños en edad escolar documento que acredite la escolarización. ___ Nº. de cuenta para domiciliaciones (pago de la renta):_____________________ ___ Otros (indicar brevemente)__________________________________________ ___________________________________________________________________ SOLICITA: Que, previa la correspondiente valoración según el Reglamento Municipal, sea concedido unos de los pisos que se incluyen en el concurso convocado, publicado en el BOP nº......... de.............................., para su utilización como vivienda habitual en régimen de alquiler. En
Fdº.......................................... (Modelo de instancia normalizado. Artículo 70.4
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